El alcalde de Medellín Federico Gutiérrez Zuluaga, ha implementado medidas contundentes para preservar la seguridad y bienestar de los jóvenes. Con la firma del decreto 0082 de 2024, se establecen restricciones de circulación para niños, niñas y adolescentes menores de 18 años en áreas consideradas de alto riesgo, entre las 7:00 p.m. y las 5:00 a.m. todos los días, hasta el 31 de julio de 2024.
Áreas Afectadas: Sector Poblado, Carrera 70, Comuna 10 – La Candelaria, y Avenida 33
Las restricciones se implementarán de manera específica en los sectores mencionados, abarcando las siguientes direcciones específicas:


- Sector Poblado: Partiendo de la intersección situada entre la CL 11 y la CL 10, en dirección oriente hasta la CR 43 E, por esta en sentido sur hasta la CL 9, siguiendo en dirección oriente hasta la CR 43 A, continuando por esta en sentido sur hasta la intersección con el cauce de la quebrada la Presidenta, por dicho cauce en sentido oriente hasta la intersección con la quebrada la Escopetería, siguiendo por la demarcación del cauce de esta en sentido sur -oriente hasta el cruce con la CR 33, por esta en sentido norte hasta la CL 7 A, luego hacia el oriente hasta la CR 32 D, por esta en sentido norte hasta la CL 10 siguiendo en el mismo sentido por la CR 34 hasta la CL 11 A, continuando hacia el occidente por el cauce de la quebrada la poblada hasta la intersección con la CR 43 A, por esta en sentido norte hasta la CL 11, por esta hacia el occidente hasta la CR 43 B, siguiendo hacia el norte hasta la CL 14, continuando por esta hacia el occidente hasta la CR 43 F, siguiendo hacia el sur hasta la CL 11, finalmente por esta hacia el occidente hasta encontrar la intersección inicial entre la CL 11 y la CL 10, desde la CL 10 con CR 36 esquina, tomando dirección hacia el norte hasta la calle 108, siguiendo dirección hacia el occidente hasta la CR 38, luego se retoma hacia el sur hasta la CL 10,
Corredor vial de la 33: Desde la CL 37, entre las Carreras 43A y 54 (Av Regional}, - Avenida 33 entre la Autopista y la carrera 80 ambos sentidos.
- Comuna 10 Candelaria: CL 50 (Colombia) hasta la CL 54 Rojas Pinilla, entre las Carreras 51 D (Bolívar) hasta la Carrera 54 (Cúcuta), incluyendo Plaza de Botero y la Veracruz.
- Corredor de la 70: Desde la Carrera 71 y la carrera 68 A, entre calles 47 D hasta la Circular 1
La medida busca prevenir la explotación sexual comercial de menores, basándose en datos de la Policía de Infancia y Adolescencia, comisarías de familia y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, que identifican áreas de mayor riesgo.
El alcalde Gutiérrez, al explicar la importancia de estas medidas, destacó la necesidad de cambiar las realidades sociales que afectan a niños, niñas y adolescentes. La restricción se implementa con excepciones para aquellos menores que se encuentren en compañía de sus padres o representante legal.
Implementación y Consecuencias en caso de incumplir la norma nuestros jóvenes
De acuerdo con el parágrafo del artículo 36 de la Ley 1801 de 2016, se comunicará el decreto al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y al Ministerio Público para su respectivo acompañamiento en la implementación de esta medida. Cualquier infracción a lo dispuesto en el decreto conllevará sanciones establecidas en la Ley de Infancia y Adolescencia, el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, y el Código Penal.
Esta decisión, fundamentada en la protección de la niñez, marca un hito en la lucha contra la explotación sexual en Medellín. La ciudad demuestra su firme compromiso con el bienestar de los más jóvenes, enfrentando de manera directa los desafíos que afectan a su crecimiento y desarrollo.
Redacción Notired360
