Siete magistrados de la Corte Suprema de Justicia podría perder postura laboral ante una decisión del Consejo de Estado.
Luego de una ponencia del Consejo de Estado los magistrados electos podrían obtener una anulación de su elección
De este modo, la semana entrante, el magistrado de la sección quinta del Consejo de Estado, Luis Alberto Álvarez, hará efectiva la ponencia sobre una demanda de anulación, donde se pone en vilo la elección de casi el 30% de los magistrados que comprenden la Corte Suprema de Justicia.

Los magistrados que podrán perder su elección luego de llegar a ser aceptada la ponencia son:
- Francisco José Ternera, magistrado de la Sala Civil
- Hugo Quintero Bernate, magistrado de la Sala Penal
- Fabio Ospitia Garzón, magistrado de la Sala Penal
- Gerson Chaverra Castro, magistrado de la Sala Penal
- Ómar Ángel Mejía, magistrado de la Sala Laboral
- Iván Mauricio Lenis, magistrado de la Sala Laboral
- Luis Benedicto Herrera, magistrado de la Sala Laboral
De acuerdo con las razones expuestas por los demandantes, una de las principales motivaciones corresponde a que, la Corte Suprema de Justicia no tenía el número mínimo de miembros reglamentarios cuando eligió a los mencionados magistrados.
Esto, corresponde a que hace alrededor de dos años, la Corte fue perdiendo miembros que no fueron remplazados oportunamente, esto debido a que se presentaron algunas discusiones sobre la sucesión al interior de la corporación.

Según la constitución, esta establece que la Corte Suprema de Justicia escoge a sus miembros de una lista de juristas elegibles preparada por el Consejo Superior de la Judicatura.
De igual modo, la carta magna indica que la Corte Suprema debe darse su propio reglamento. Ese mencionado reglamento, establece que la elección de sus magistrados debe efectuarse por las 2/3 partes del tribunal. De este modo, como son 23 miembros, las 2/3 partes corresponden a 16 magistrados.
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Sin embargo, por las diferentes discusiones y controversias presentadas en la Corte en 2020, el 27 de febrero de ese mismo año, contaron con tan solo 15 magistrados.
Ese día, exactamente, finalizó el período de Ariel Salazar, como magistrado, uno de los miembros que tenía bloqueada la elección de nuevos candidatos a ocupar las vacantes.
Como la Corte Suprema necesitaban 16 magistrados para hacer efectiva la elección, pero, solo contaba en ese momento con 15 miembros. Brindo la postura necesaria por la que hoy se hacen fuertes las reclamaciones del Consejo de Estado, pero es claro que, era un problema sin solución.

En su momento, la Corte Suprema estudió tres diferentes soluciones que plantearon de la siguiente manera:
- Elegir un conjuez para completar los 16 miembros y votar aprobando la modificación del reglamento. Pero las normas establecen que los conjueces son para temas judiciales y no administrativos. Luego la solución era ilegal.
- Modificar el reglamento aplicando las 2/3 partes de la Corte que quedaba es decir 10 de 15. Pero no podían cumplir con eso porque ese trámite modificatorio debe hacerse en dos sesiones ordinarias de la sala plena, citada expresamente para eso, y ellos estaban en una sesión extraordinaria buscando solucionar el problema.
- Interpretar el reglamento para elegir a los magistrados faltantes con los que quedaban y así solucionar el vacío.
Por su parte, la Corte Suprema decidió aplicar esa tercera alternativa por unanimidad. Es decir, los 15 jueces de mayor jerarquía del país, en la jurisdicción ordinaria, concluyeron unánimemente que la mejor vía era interpretar el reglamento, que cabe resaltar que la Constitución les autoriza a darse a sí mismos.
De esta manera, al día siguiente fueron elegidos estos siete magistrados que han actuado desde entonces y por los que hoy se discute su posesión.
Sin embargo, un grupo de abogados demandó esta elección, ante el Consejo de Estado, argumentando que la Corte Suprema no podía elegir nuevos magistrados hasta que tuviera 16 miembros, sabiendo que la corporación estaría sin salida ante este contratiempo.
Ante el caso, la Procuraduría conceptuó en el proceso que la Corte Suprema de Justicia actuó en derecho cuando designó a los mencionados magistrados.
Sin embargo, la ponencia del Consejo de Estado se inclina por la nulidad, lo cual dejaría por fuera a estos magistrados a quienes les faltan seis años para terminar su período constitucional.
En la historia de la nación, este caso solo había sucedido cuando el M-19 realizó la criminal toma del Palacio de Justicia, seguida la salvaje contratoma militar, donde murieron 11 de los magistrados de la Corte Suprema y por su parte, el presidente de la época Belisario Betancur nombró, por facultades extraordinarias, el remplazo de los funcionarios asesinados.
Este relevante acontecimiento podría ser una decisión crucial, partiendo que al presidente Iván Duque le quedan 46 días de mandato y este podría ser su ultimo batacazo al mando de la nación.
Redacción Notired360
