La antioqueña Martha Sepúlveda de 51 años, presentó una acción de tutela, luego de que se le negara el viernes 8 de octubre, el procedimiento clínico que había sido aceptado desde el 6 de agosto del 2021.
Sepúlveda, presento la tutela porque este viernes, luego de un mes de haber sido aprobada la eutanasia para esta mujer, decidieron que la cancelarían, que no cumplía con los requisitos de terminalidad necesarios.

La mujer fue administradora de empresas de construcción por 26 años y luego decidió volverse independiente juntos con su hijo Federico, montando una empresa en Riohacha-La Guajira.
Esta mujer que tanto ha trabajado y estaba feliz esperando que llegara el domingo 10 de octubre para acabar con los dolores que le causaba la esclerosis lateral amiotrófica (ELA), de forma segura y asistida con la compañía de profesionales de la salud, no pudo cumplir su sueño, porque a última hora decidieron cancelarlo.
Martha, dice que cuando recibió una carta en la noche del viernes, del Instituto Colombiano del Dolor (Incodol), donde le decían que se cancelaba su procedimiento, pensó que era una broma o que era falsa, porque solo tenía 5 líneas y no daban explicación alguna del porqué, además que no contenía firmas de ningún profesional, solo le aseguraban que el comité científico interdisciplinario había desistido de continuar con el proceso.
La pequeña carta que le entregaron a Martha sin ninguna explicación de porque se cancelaba su proceso:
.@animesa esta fue la respuesta que recibió Martha, sin firmas, sin nombres, sin razones. Así, Incodol y @epssura vulneran derechos fundamentales y desconocen los fallos de la @CConstitucional sobre muerte digna. Con la ayuda de @DescLABcol #MarthaTomaElControl https://t.co/Z61zsuusUH pic.twitter.com/qNehaMU1iF
— DescLAB (@DescLABcol) October 9, 2021
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Luego de esto la familia se dispuso a que les entregaran el acta de ese segundo comité, y allí leyeron que luego de reevaluar el caso y los requisitos por la ley, la ELA, no cumplía con estos y aunque esta enfermedad es neurodegenerativa, progresiva e incurable, no afecta el funcionamiento de la persona por completo, ni en actividades instrumentales, ni en la vida cotidiana.
Su hijo, Federico Redondo Sepúlveda, dice que el acta no coincide con la valoración que le había hecho previamente a su madre esa misma semana, donde la médica afirmaba que cumplía con todos los requisitos.
La médica de Martha dijo “La paciente presenta una condición clínica de fin de vida (enfermedad incurable avanzada) con agotamiento de intervenciones razonables para el tratamiento de su enfermedad y rechazo por parte de la paciente de medidas invasivas de soporte, con síntomas físicos y/o psicológicos que generan sufrimiento”.
Ni la familia, ni la defensa de la mujer entienden cuáles fueron las razones para desistir del proceso, por eso consideran que esto fue irregular y arbitrario, porque ellos excusan que ella no es paciente terminal, sin embargo, eso ya no es un requisito para pedir la eutanasia.
Finalmente, el grupo de abogados del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Desclab), que son quienes representan a Martha en ese proceso dicen que la IPS Incodol, vulnero el derecho de la mujer de morir dignamente, además de desproteger si dignidad humana, al obligarla a permanecer viva en su situación de dolor y sufrimiento de manera ilegal.
Por: Valentina Berrío
