El presidente Iván Duque debe cumplir una sanción de cinco días en detención domiciliaria.
El tribunal tomó la decisión, luego de que el presidente hubiera desacatado una orden relacionada con la protección del Parque de los Nevados.
El desacato sería por no dar órdenes que garanticen la custodia del Parque de los Nevados, que fue declarado como sujeto de derechos.
El Tribunal Superior de Ibagué indicó una medida de arresto domiciliario por 5 días en contra del presidente Iván Duque, quien debido a que, según lo manifestó la autoridad, ha desacatado sus responsabilidades en cuanto a la protección del Parque de los Nevados, luego de que este fuera declarado como sujeto de derechos.
De esta manera, el desacato del presidente consistiría en que dada la condición actual del parque, este debe tener un grupo de fuerza pública especial para su custodia, lo cual debe ser ordenado y gestionado por el primer mandatario. Según la decisión determinada por el ente acusador, Duque no lo habría cumplido de manera favorable.
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De esta manera, según el documento expedido por el tribunal, el cual precisa que, no basta con informar los nombres de unos servidores del Ejército Nacional o de la Policía Nacional y que ni siquiera es suficiente con que “se conforme el grupo especial de apoyo”.
Así mismo, en el documento indican específicamente que, “la orden solo puede acreditarse como cumplida cuando el Ejército Nacional o la Policía Nacional apoyen efectivamente en labores de campo en el territorio del Parque Nacional de los Nevados con personal debidamente entrenado y la dotación logística que corresponde a este tipo de servicio”.
Por su parte al ser consultados, Presidencia informó que todavía no han sido notificados de la decisión que incluye, además, una multa por el equivalente a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Sin embargo, todavía está la posibilidad de que el presidente apele, por lo que lo determinado no es de aplicación inmediata.
También cabe resaltar que, el presidente Iván Duque, “puede liberarse de la ejecución de la sanción, siempre que cumpla con el fallo de tutela”.
De igual forma, la sentencia del tribunal, precisa que el acompañamiento debe darse especialmente en “la zona del departamento del Tolima, la cual cuenta con restricción de acceso por ‘riesgo público’ de acuerdo con la ‘Alerta Temprana de Inminencia No 047 de 2019’ emitida por la Defensoría del Pueblo”.
Así mismo, cabe mencionar que, los departamentos que tienen participación en el plan para proteger este parque son Caldas, Quindío, Risaralda y Tolima.
Redacción Notired360
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