La Corte Constitucional anunció la exoneración de las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras sobre el prestar servicio militar, pues no les será obligatorio, ni deberán pagar la cuota de compensación militar.
La decisión se tomó demandando a la ley 1861 de 2017 la cual expresa que todos los miembros de comunidades indígenas no deberían cumplir ninguna de estas 2 responsabilidades.
La Corte explicó como funcionara el artículo 12, donde señala que los “Indígenas” deben incluir a las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras, expresando lo siguiente: “están exonerados de prestar el servicio militar obligatorio, cuando hayan alcanzado la mayoría de edad en los siguientes casos: (…) Los indígenas que acrediten su integridad cultural, social y económica a través de certificación expedida por el Ministerio del Interior”.
La demanda se basaba en que el artículo 1861 vulneraba el principio de igual de todos estos grupos y representaba discriminación porque les impedía desarrollar aspectos de su cultura en la comunidad donde se encontraban.
Tweet de la Corte Constitucional donde anuncian la nueva normativa que exonera a las comunidades de prestar servicio militar:
#LaCorteInforma 📰 | Constitucionalidad condicionada de las normas que exoneran a comunidades indígenas de prestar servicio militar obligatorio y pagar la cuota de compensación, bajo el entendido de que estas incluyan comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras. pic.twitter.com/c1Cy7oD2Df
— Corte Constitucional (@CConstitucional) December 10, 2021
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Explicaban que el legislador había incurrido en omisión legislativa al no agregar a todas las comunidades antes mencionadas en ese artículo desde un principio, pues durante el juicio no había ningún argumento que explicara la exclusión.
Finalmente, con esta decisión, las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras, podrán sumarse a los grupos eximidos de prestar el servicio militar obligatorio una vez cumplen la mayoría de edad, además de los clérigos, religiosos, hijos únicos, personas con discapacidad, entre otros.
Por: Valentina Berrío
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